Por año, la Cámara de Apelaciones recibe entre 1.000 y 1.200 causas

Hasta principios de septiembre de 2013, las apelaciones y otros planteos recursivos en materia penal debían resolverlos los tribunales penales de la provincia. Es decir, los jueces abocados a llevar adelante juicios orales y a dictar sentencia, debían dedicar considerable tiempo a resolver planteos contra decisiones de magistrados de primera instancia. Esto derivaba en una demora considerable en la tramitación de las causas, porque los camaristas debían repartir su tiempo ente dos funciones. Además, cuando una causa en la que ya habían intervenido llegaba a juicio, necesariamente debían apartarse. Con la creación de la Cámara de Apelaciones en lo Penal y Correccional, esto cambió sustancialmente. Es un órgano cuyo objetivo es la resolución de apelaciones y demás planteos recursivos y de velar por la garantía constitucional del debido proceso. Con sus dos salas (integrada por dos vocales cada una), recibe de manera anual entre 1.000 y 1.200 causas, de las cuales resuelve alrededor de 700.
Hace una década, las resoluciones de las apelaciones podían demandar entre seis meses y un año; o más. Hoy lo habitual es que salgan en un mes y medio o dos meses, como máximo.
Los vocales deben expedirse sobre rechazos a: prisiones preventivas, excarcelaciones, elevaciones a juicio y nulidades; y sobre conflicto de competencias entre jueces.
“Al crearse la Cámara, con jurisdicción en toda la provincia, se tiene un órgano específico recursivo. Recibe todo lo que sean recursos de los juzgados de Instrucción y Correccionales”, precisó el presidente de la dependencia, José Alberto López.
“También resolvemos las recusaciones que se dan contra los magistrados y las inhibiciones. Los pedidos de apartamientos se dan cuando alguna de las partes teme que haya una imparcialidad del juez. En estos casos, el juez puede inhibirse o rechazar la recusación. Si sucede lo último y alguna parte apela, intervenimos nosotros. Si el magistrado se inhibe y el colega al que le llega el expediente rechaza la inhibición, también tomamos intervención”, añadió en una entrevista con Misiones Online.
Del cúmulo de causas que entran a la Cámara, más de la mitad tiene que ver con apelaciones a prisiones preventivas, medida que reemplazó al auto de procesamiento con la modificación del Código Procesal Penal de la provincia. En el listado le siguen los planteos que llegan por nulidades planteadas por algunas de las partes y rechazadas por el juez de Instrucción o Correccional; conflictos de competencia entre jueces; quejas (por retardo de justicia, por ejemplo); y, en menor medida, recursos trabados por las querellas. En este punto es notable que los querellantes sean los que menos recursos presentan ante el órgano.
“Ante la aplicación del nuevo Código Procesal prácticamente oficiamos de intérpretes”, recuerda López, quien aclara que es amplio el abanico de recursos que pueden utilizar las partes.

El derrotero
Hecho el planteo, el expediente llega a la Cámara de manera física (envío de copias) y digitalmente, vía el Sistema Digital de Gestión de Expedientes (SIGED), que en el caso de la Cámara es una herramienta fundamental. Allí se analiza que se hayan cumplimentado todos los requisitos formales y que hayan sido enviadas todas las piezas a analizar. Después de esto se notifica a las partes, tal vez el trámite más extenso, sobre todo si el abogado que traba el recurso es particular. Luego viene la conformación de la Sala a votar y ahí recién viene la decisión. Cada Sala la integran dos vocales más un tercero designado por si hay disidencia y hay necesidad de desempate. Todo este derrotero lleva entre 45 y 60 días, para los casos más complejos, y entre 25 y 30 para los menos problemáticos.
La Cámara cuenta con un fiscal, que emite dictamen previo a la votación y que luego puede ir en casación si no está de acuerdo con la resolución. Y un defensor, que interviene en los casos en los que quien plantea un recurso es un defensor oficial de primera instancia. El defensor también puede ir en casación ante una resolución que no le satisface.

El caso Santa Andrea
“Nuestra función, además de expedirnos acerca del recurso planteado, es hacer un análisis constitucional del expediente que nos llega. Esto es ver si no hay violaciones a las garantías constitucionales. Es más, si detectamos eso antes de resolver el planteo puntual, decretamos la nulidad”, detalló.
“El primer caso mediático en el que se violó las garantías fue en el de Santa Andrea, donde se realizó la Cámara Gesell a la víctima sin notificar a la defensa”, puntualizó el juez.
Alejandro Santa Andrea es el locutor obereño que está siendo juzgado actualmente por la denuncia de una niña que asegura haber sido abusada por el hombre.
Lóez precisó que lo que analiza un vocal de cámara en el caso de las prisiones preventivas, además de que no se hayan violentado las normas del debido proceso, es que si se da el grado de probabilidad que se necesita en la instancia instructoria. Se determina si los indicios tienen sustento para sostener la postura del magistrado de instrucción, al que los camaristas pueden sugerir ahondar en alguna prueba o pedirle que produzca más pruebas.
López precisó que más del 90% de las prisiones preventivas que se dictan en la provincia son apeladas. También que son mayoría los defensores oficiales los que apelan.
Sucede lo mismo con el auto de elevación de las causas a debate. Casi la mayoría de los defensores, lo rechazan. Y entonces la Cámara debe decidir sobre la viabilidad o no del recurso.
El magistrado añadió que las localidades que más recursos generan son Posadas, Oberá, Iguazú, San Vicente, Eldorado, Apóstoles, Leandro N. Alem y Puerto Rico, en ese orden.

Garante, no garantista
“Evitar el dispendio jurisdiccional innecesario, eso es lo que buscamos. Y lo que podemos decir en estos dos años y medio de funcionamiento, es que se logró darle agilidad al proceso”, aseguró el camarista.
“El juez es garante. No debemos ser garantistas, sino garantes del proceso. El juez no solo debe ver una parte, sino el todo y buscar el equilibrio”, sostuvo.
López, además de presidir la Cámara en el período 2015-2016, integra la Sala II, con su colega José Jacobo Mass. La otra Sala la conforman Ricardo Venialgo y Marisa Ruth Dilaccio.

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