Aprobaron el programa de «Música viva» para bares y pubs de Posadas

El Concejo Deliberante aprobó un proyecto presentado por la concejal Laura Duarte, con el acompañamiento de los concejales Maggie Solari y Santiago “Pinky” Enriquez, con el que se crea el programa «Música Viva». La propuesta fue elaborada en conjunto con los representantes de la asociación de Músicos Populares Misioneros, Joselo Schuap, Osvaldo de la Fuente y Gervasio Malagrida.

El programa aprobado en la sesión del jueves impulsará políticas activas tendientes a fomentar la actividad musical, generando un movimiento cultural y económico para los artistas y los espacios gastronómicos, incrementando además el número de puestos de trabajo para los músicos, generando una movilidad económica en cuanto a la oferta turística para la ciudad de Posadas.

CONCELAURA
Concejal Laura Duarte.

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La ordenanza

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, en Estado de Comisión, ha considerado el EXPTE. H.C.D. Nº 3234-C-14, Proyecto de Ordenanza de la Concejal Laura Duarte, para la creación del programa “Música Viva” en bares y pubs de la Ciudad de Posadas.

Y, por las razones que dará el miembro informante Concejal Laura Duarte, os aconseja la aprobación de la siguiente:

 EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE POSADAS  SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA

 ARTÍCULO 1.- CRÉASE el “Programa Música Viva” del cual participarán todos los
Pubs y Restaurantes del ámbito de la ciudad de Posadas que se registren en el mismo y que tendrá inicio el 22-11-2014.

ARTÍCULO 2.- EL mencionado Programa consiste en la conformación de un Grupo de
Comercios Gastronómicos en los cuales los artistas misioneros podrán realizar espectáculos en vivo todos los días de la semana de acuerdo a lo dispuesto en el anexo único de la presente ordenanza.

 ARTÍCULO 3.- ESTABLÉCESE que la duración de los espectáculos en vivo en el
marco del presente programa serán de 21:00 hs. a 01:00 hs.

ARTÍCULO 4.- ESTABLÉCESE como nivel máximo de ruidos en los espectáculos
en vivo que se lleven a cabo en el marco del “Programa Música Viva Posadas” no podrá superar los 91 decibeles escala A adentro del local, 65 decibeles escala A en la puerta y 60 decibles escala A a los 50 metros.

ARTÍCULO 6.- Podrán ser parte de la presente aquellos que posean infraestructura y
que tengan el interés de sumar la música en vivo a sus ofertas gastronómicas.

ARTÍCULO 7.- AUTORÍZASE a la Municipalidad de la ciudad de Posadas a través
de la Secretaría de Cultura y Turismo del Municipio a celebrar un convenio con SADAIC, a los fines de acordar el pago del derecho de autor e intérprete de las obras utilizadas en los shows en vivo.

ARTÍCULO 8.- QUEDARÁN exceptuados del pago de la Tasa de Espectáculo
Público, los eventos comprendidos dentro del Programa Música Viva Posadas.

 ARTÍCULO 9.-  ACTIVIDADES:  

La Municipalidad de la ciudad de Posadas a través de la Autoridad de Aplicación conformará un grupo de trabajo, con el objeto de promocionar, difundir y coordinar a los artistas que se presentarán en cada lugar determinado, teniendo como referente a las Asociaciones de Músicos Misioneros quienes deberán inscribirse en un registro creado por esta ordenanza.

  1. Los propietarios de los lugares gastronómicos deberán registrarse ante la Municipalidad de Posadas para participar en el programa.
  2. La Autoridad de Aplicación, se encargará de la coordinación de los artistas que participen en los shows en vivo a llevarse a cabo en el marco del programa.

 ARTÍCULO 10.- EL convenio regirá para comercios con una capacidad de hasta
150 personas.

 ARTÍCULO 11.-  ESTABLÉCESE como base para el cobro del Derecho de
Espectáculo la suma de $20 (pesos veinte) por cada persona o comensal que se encuentre en el local, siendo opcional para el comerciante la determinación de un monto superior.

ARTÍCULO 12.-  TODOS los establecimientos comprendidos dentro del Programa,
que serán parte de la actividad prevista deberán estar debidamente habilitados como comercios por la Municipalidad de Posadas.

ARTÍCULO 13.- ESTABLÉCESE como Autoridad de Aplicación de la presente
ordenanza a la Secretaría de Cultura de la Ciudad de Posadas.

ARTÍCULO 14.- ELEVÉSE la presente ordenanza a la Cámara de Representantes de
la Provincia de Misiones a fin de impulsar en los diferentes municipios, iniciativas similares.-

 ANEXO ÚNICO

  • El músico misionero que desee participar en el presente programa, debe asumir la responsabilidad de cumplir con su espectáculo dentro de los horarios estipulados por el artículo tres de la ordenanza de común acuerdo con los propietarios del comercio.
  • El músico participante deberá coordinar con el sonidista, la instalación y prueba de sonido en un horario anterior al momento de la llegada del público al espacio elegido.
  • El músico asociado a SADAIC, presentará su planilla de actuación correspondiente a los fines de la cobertura en los términos del artículo 7 de la ordenanza.

 

 

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