Democracia y tributos: retenciones e impuestos

Escribe Eduardo M.Quiroga-Curcic, Comité Argentino de Presas-  regional  NEA

En todo esquema democrático, las naciones deben implementar su acción política en función de programas destinados al logro de una mejor calidad de vida de sus contribuyentes; con prioridades que van desde la salud y la educación, pasando por los programas sociales necesarios para el logro del desarrollo integral de la familia y/o contribuyente.-
Para el logro de estos objetivos, será necesario obtener a través de la contribución correspondiente de todos los actores sociales que conforman una nación, los recursos y/o los medios económicos necesarios que solo se logran a través de los impuestos,y las retenciones al agro es una variante de ellos.-

¿PORQUE LAS RETENCIONES AL AGRO DEBEN COMPARTIRSE CON LAS PROVINCIAS PRODUCTORAS?.-
Con este ensayo se propone, hacer conocer a la opinión pública, algunos aspectos ignorados por aquellos que se consideran dueños de la verdad y pretenden innovaciones antidemocráticas y discriminatorias respecto del esquema tributario; así como dejar en claro las obligaciones emergentes de todos aquellos que de alguna forma están explotando algún recurso natural, dentro de la jurisdicción de un determinado territorio/provincia/nación.-
Si partimos de la premisa fundamental, que indica el articulo 124 de la Constitución Nacional reformada en Santa Fé el año 1994 y cuyo último párrafo dice textualmente:…. “corresponde a las provincias el dominio originario de los recursos naturales ubicados en sus territorios”; es necesario indicar que obviamente el recurso suelo es un recurso natural; como lo es el petróleo, la minería, los acuíferos, los bosques naturales, y también la energía potencial gravitatoria de ríos que embalsan aguas con la consiguiente producción de energía hidráulica.-

Este marco indica claramente que, el dominio de los recursos naturales ubicados dentro de la delimitación política que es ARGENTINA, corresponde a la Nación Argentina o en su defecto a las provincias que la componen y obviamente cualquier negocio o profit que se obtenga por el uso y/o transformación de ellos, deberá ser compartido y acordado previamente entre las partes : nación, provincia, municipios.-
De aquí nace el derecho de imponer el cobro de retenciones, tasas o impuestos de cualquier índole.-
AGRO
El poder germinativo de un horizonte edafológico(suelo), no pertenece a ninguna organización agraria física privada, pertenece a la Nación Argentina y/o a la provincia donde está ubicado dicho suelo.
Por tal razón, la nación /provincia debe controlar el buen uso del recurso, garantizando su sustentabilidad en el tiempo; así como tiene la potestad de gravar la producción; con los impuestos que considere necesario y sobre todas las cosas imponer las cargas fiscales tributarias, a las tierras improductivas, que desaprovechan el poder germinativo del horizonte suelo.-
Hoy se observa que grandes entidades del campo, asumen actitudes políticas extorsivas hacia el gobierno, mediante maniobras dilatorias de sus obligaciones tributarias, pretendiendo condicionar sus políticas, en un ensayo de extorsión inaceptable; ya que sus obligaciones tributarias son inapelables y forman parte de un esquema democrático del funcionamiento de las instituciones.-
PETROLEO
Otro ejemplo es la nueva ley de hidrocarburos, que está indicando un perfecto acompañamiento de la Nación con las provincias dueñas del recurso energético, y su participación sustantiva en el negocio del mismo.-

MINERIA / ACUIFEROS / ENERGIA POTENCIAL GRAVITATORIA
Idéntico criterio será necesario llevar adelante con la minería; los acuíferos y la energía potencial gravitatoria de los ríos que embalsan aguas para la producción de energía hidráulica.-
Este último ítem es considerado vital para las provincias mesopotámicas y en especial para la provincia de Misiones, por el potencial hídrico de su ríos y sus proyectos hidroeléctricos, que adquieren relevancia en el plan energético de la Argentina para la próxima centuria.-
Esto es importante, porque se impone una negociación entre la nación y la provincia , para el logro de una determinada participación en las ganancias que produce cualquier esquema productivo- ( generación de energía-riego-..etc.);y esto involucra también a los municipios incluidos en la sub-cuenca de aporte hídrico , que conforman parte de la provincia; cuando se trata de un determinado aprovechamiento y / o transformación de un recurso natural,-(Agro-petroleo-mineria-energía potencial gravitatoria de ríos- etc)- con lo cual se debe promover un verdadero desarrollo integral de las comunidades de la región, donde se produce dicha explotación o se lleva adelante un determinado proyecto.-

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