“La Justicia debería trabajar en colaboración estrecha con la Universidad pública para resolver conflictos ambientales”

En diálogo con ArgentinaForestal.com, el reconocido abogado ambientalista Aníbal Falbo se refirió al rol de los jueces y abogados frente a nuevos paradigmas ambientales. El especialista visitó Misiones para dictar una clase del posgrado sobre Derecho y Gestión de Áreas Naturales Protegidas.

En la oportunidad, se refirió en detalle a la interpretación de los Art. N°41 y N°124 de la Constitución Nacional y los principios de Ley del Ambiente (N°25.675), exponiendo estudios de casos de conflictos que marcaron jurisprudencia en materia de derecho ambiental en la Argentina.

Aníbal Falbo se refirió en detalle a las herramientas que permiten la correcta interpretación de los Art. N°41 y N°124 de la Constitución Nacional y sobre los principios de Ley General del Ambiente (N°25.675), en el marco del derecho ambiental. En la misma línea, expuso estudios de casos de conflictos que marcaron jurisprudencia en la Argentina y compartió experiencias en prácticas para el efectivo resarcimiento a las víctimas de la contaminación.

El especialista disertò en el Centro de Convenciones y Eventos de ciudad de Puerto Iguazú, el viernes y sábado pasado, en el marco del segundo módulo de la Diplomatura en Derecho y Gestión de Áreas Naturales Protegidas (ANP), organizada por la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas de la Universidad Católica de Santa Fe (UCSF), la Fundación Reservas de las Misiones y la Asociación de Guardaparques de Misiones (Agumis). En esta oportunidad, el dictado del posgrado estuvo a cargo de Falbo (profesor en la UBA, UNLP, UCSF), el Dr.Enrique Müller (ex juez de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Santa Fe, Profesor de Derecho Ambiental UNL / UBA y director de la Diplomatura); el antropólogo Brian Ferrero (investigador del Conicet y docente en la UNaM), quien se refirió a la Conservación y Desarrollo Sustentable; y la Dra. Nancy Tognola (abogada, profesora en la UCSF sede Posadas, UBA y UNaM, directora del Instituto de Derecho Ambiental Forestal Federal, coordinadora de diversos posgrados, gerente de la empresa Aguas de las Misiones y presidente de la Fundación Reservas de las Misiones, entre otros), máxima referente en esta disciplina en la provincia.

Previo a introducirse en el marco jurídico del derecho ambiental, Falbo reflexionó sobre la crisis actual planetaria por la destrucción de los recursos naturales. “El modelo capitalista se encuentra agotado, hay una necesidad de cambiar las tendencias consumistas de una sociedad vacía de valores y responsable de la contaminación actual”, dijo. “La sociedad tiene un consumo desencajado e irracional de elementos y cosas que en realidad no necesita para vivir, pero busca –en su mente- la satisfacción de un cambio continuo, y esto no es otra cosa que el debilitamiento de la personalidad o carácter. La masiva influencia de la publicidad y los medios que plantean un estilo de vida exitoso dependiendo de lo que tienen desde lo material. En la actualidad, se cree que uno es más importante en su persona si se tiene o no lo “último o más moderno” que hay que tener impuesto por un sistema capitalista, de consumo, de publicidad superficial y vacía de los valores reales para vivir a conciencia. Pero esta cultura tiene que cambiar, ya que hay que asumir que todos somos responsables de lo que esta pasando en el planeta, hay que tomar verdadera conciencia. Tenemos que ver el centro de esta cuestión, despertar. Hasta que no observemos que estamos sujetos a un modelo que nos esta vaciando como seres humanos y nos llena de objetos, no vamos a entender lo que esta pasando en el planeta, y con el ambiente”, expresó.

“En el tema ambiental estamos en la más absoluta ignorancia. Pero actuamos con nuestra prepotencia de ser humano como si supiéramos todo, siempre para seguir fomentando un sistema de consumo que no nos lleva a ningún lado. Quienes hablan de crecer exponen como una buena noticia que se venden más autos nuevos, más celulares; sin embargo, la buena noticia sería todo lo contrario. No porque no podamos acceder a ello, sino porque habría una toma de conciencia de que no es necesario para nuestra vida, generaríamos menos basura y aportaríamos a mitigar la contaminación en el planeta”, señaló. “La idea de riqueza en nuestras mentes debe cambiar, cuanto menos toco, menos gasto, menos afecto a la gente, mas rico soy. Ese es el concepto”, dijo.

 

En la entrevista exclusiva con ArgentinaForestal.com se refirió también al rol de los jueces y abogados frente a nuevos paradigmas ambientales. También respondió a inquietudes planteadas sobre la manera más factible de trabajar en la prueba de daños en el proceso ambiental: “el camino sería generar un vínculo estrecho entre la universidad pública y los jueces para resolver los conflictos ambientales”, dijo.

 

AF: Las herramientas jurídicas en materia ambiental rigen en Argentina tanto por la Constitución, la Ley del Ambiente y otras. Teniendo en cuenta que no existe en general cumplimiento de las mismas o hay una ausencia de control tanto en el orden nacional, provincial y municipal. ¡Cómo analiza esta ausencia en la interpretación del Derecho Ambiental para resolver conflictos?

 

Primero, hay una forma de vida de la sociedad que es la que genera los problemas ambientales. Es necesario tomar conciencia de esto, y cada uno hacerse responsable de cómo comparte la forma de ver la vida y la realidad.

Eso genera un cambio de conciencia, que generará también un cambio de las decisiones políticas. Si uno es parte del sistema que produce el daño, es muy difícil que tenga la claridad suficiente para oponerse a ese sistema.

En segundo lugar, hay que empezar a elegir mejor a quienes nos gobiernan.

Tercero, hay que trabajar en no quedar atrapados por la propaganda productivista de éxito que vende esta sociedad, porque allí esta el germen del daño ambiental, cultural, social y psicológico. Es necesario ver la parte psicológica del individuo, que esta formada dentro de un patrón determinado de la época. Sin romper ese patrón, que es mental, de pensamiento, es muy difícil tener la claridad y la energía para transformar las cosas. Ese cambio tiene que nacer de cada uno de nosotros, y además del funcionario público, ya que de lo contrario no tendrá ni la claridad ni la energía suficiente.

 

AF: Pero muchas veces -y su experiencia en litigios ambientales también lo demuestra-  no es sencillo encontrar respuestas en la Justicia. El ciudadano se encuentra en una situación en la que depende de los jueces y abogados en la interpretación y el conocimiento en Derecho Ambiental, en un tema donde hay muchos intereses. ¿Cómo se puede llegar entonces a una instancia exitosa?

 

En principio, hay que aceptar que el abogado esta formado fuera de esta visión de cambio cultural. Entonces, hay una parte importante a trabajar que es promover la formación de un nuevo abogado. Otro abogado es posible.

Como se formó el abogado hasta hoy, evidentemente no ha trabajado ni para la justicia -porque la sociedad no es más justa- y tampoco ha trabajado por el cuidado del ambiente. Por lo tanto, hay que pensar en otro tipo de abogado, interesado en temas colectivos, transindividuales, sociales e intergeneracionales, interesado en los bienes que hacen a toda la comunidad.

Los jueces son abogados, por eso es que allí tenemos el núcleo del problema en la Justicia.

Por otra parte, hay otro tema que es cultural. En general se piensa que tiene más pesos lo que dice el sujeto económico importante, que lo que dice un ciudadano común. Esa es una gran limitación mental de los jueces, muy grave.

En general, quienes han tenido mas éxito económico en proyectos es porque han depredado más y utilizado más recursos naturales que otros. Por lo tanto, son menos confiables que los ciudadanos que defienden el ambiente. A pesar de esto, se le tiene más confianza a aquel que ha depredado el ambiente que a quien lo defiende. Esto es una realidad.

¿Cómo se logra avanzar en este contexto? Primero, siendo perseverantes. No buscando resultados inmediatos, y nunca cediendo. Continuando siempre en la búsqueda de la solución ambiental. Nunca venderse, eso nunca. Y nunca ceder a la desesperanza. Esa es la única manera de llevar estos casos adelantes.

 

AF: En tema ambientales hay demandas  (YPF, SHELL, COPETRO en Ensenada, entre otros)donde hubo que probar el daño ambiental, pero hay otros casos donde hay presunción del daño al ambiente y la salud. Pero desde lo legal y técnico, también rigen normas que avalan estas prácticas productivas o industriales. ¿Cómo se puede fundamentar una demanda o probar para que llegue a ser una “causa” judicial?

En Misiones desde hace años se expone las consecuencias del uso de agroquímicos en familias tabacaleras o se denuncia afecciones en las vías respiratorias por las emisiones de plantas de celulosa y papel. Frente a los reclamos públicos hay una ausencia de las autoridades de control en dar a conocer información sobre como operan estas fabricas, sobre la aplicación de los agroquímicos y su posible toxicidad. La comunidad adolece de un contralor sobre estas prácticas.

 

Creo que para avanzar en estos  casos, tiene un valor muy importante el rol de la Universidad pública. El camino es generar una relación muy estrecha entre la Justicia y las universidades públicas nacionales, para que trabajen mancomunadamente. Deben generar un puente y un vínculo directo de cooperación.

Y dentro de la Universidad generar planes y proyectos encaminados en este sentido: formar profesionales, crear laboratorios, subvencionar y financiar esto, para que investiguen, monitoreen y controlen.

En el Caso Mendoza por la contaminación del Riachuelo, que llegó a la Corte Suprema de Justicia, la Universidad de Buenos Aires participó e hizo el informe que llevó a la condena para el saneamiento del Riachuelo. Ese es un ejemplo muy claro, donde la universidad pública trabaja para esto.

Esta es una salida, pero para ello, la Justicia tiene que establecer un puente de colaboración muy estrecha con la Universidad.

Por otra parte, la Universidad no debe trabajar para las empresas privadas, siempre debe trabajar para la comunidad. No tienen que trabajar en servicios a terceros, ya que la Universidad esta para educar y trabajar en causas de interés público, del lado de los que defienden o tutelan bienes públicos como la salud, la vida, el ambiente. Es ahí donde tiene que trabajar, no para empresas privadas. Y jamás la Universidad tiene que firmar pactos de confidencialidad con ninguna empresa. Esto en algún momento lo han hecho.

Siempre, toda información que recaude la Universidad tiene que ser pública y estar a disposición de todos.

 

AF: Muchas veces pasa que las tecnologías de las fabricas modernas son muy superiores a las que disponen en los organismos públicos de control, incluso los técnicos que están en funciones públicas deben capacitarse

Sin dudas son en esos casos donde se tiene que pedir el auxilio de la universidad publica, y hacer que los costos de esos controles los solvente la empresa.

 

Constitución de la República Argentina y el ambiente

 

Art. 41:

  • Todos los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras;  y tienen el deber de preservarlo. El daño ambiental generará prioritariamente la obligación de recomponer, según lo establezca la ley. Las autoridades proveerán a la protección de este derecho, a la utilización racional de los recursos naturales, a la preservación del patrimonio natural y cultural y de la diversidad biológica, y a la información y educaciones ambientales. 

Corresponde a la Nación dictar las normas que contengan los presupuestos mínimos de protección, y a las provincias, las necesarias para complementarlas, sin que aquellas alteren las jurisdicciones locales.

Se prohíbe el ingreso al territorio nacional de residuos actuales o potencialmente peligrosos, y de los reactivos.

 

Art. 123:

  • Las provincias podrán crear regiones para el desarrollo económico y social y establecer órganos con facultades para el cumplimiento de sus fines y podrán también celebrar convenios internacionales en tanto no sean incompatibles con la política exterior de la Nación y no afecten las facultades delegadas al Gobierno federal o el crédito público de la Nación; con conocimiento del Congreso Nacional. La ciudad de Buenos Aires tendrá el régimen que se establezca a tal efecto.Corresponde a las provincias el dominio originario de los recursos naturales existentes en su territorio.

 

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