Ley del agente sanitario: Más de 300 promotores ya son parte del plantel de Salud Pública

Los contratos con relación de dependencia rigen a partir de junio de este año. A medida que los demás Promotores de Salud cumplimenten los criterios de incorporación se irán sumando al grupo.

 

Dando cumplimiento de la Ley provincial XVII número 82 de creación de la figura del agente sanitario, 305 promotores de Salud pasarán a formar parte del plantel de Salud Pública como contratados con relación de dependencia.

 

Hasta ahora dichos promotores de Salud se desempeñaban y percibían sus haberes bajo el sistema de Becas de Formación y con la firma de los respectivos contratos pasarán a revestir en el ámbito de la Salud Pública como agente sanitario.


Dichos agentes se incorporan a la carrera sanitaria en el agrupamiento B I y B II, con una dedicación semanal de veinte horas reales de prestación en campo. Para el Agrupamiento B I, el Agente Sanitario debe poseer título de Técnico Superior en Atención Primaria de la Salud, nivel equivalente o superior.


Para el agrupamiento B II, deben poseer título de estudios Secundario completo y una antigüedad de cuatro años o más como becario del Programa Provincial de Formación. 

La firma de los primeros 305 contratos se realizó esta mañana en el Salón Auditórium del Ministerio de Salud Pública, con la presencia del Director de Personal de Salud Pública, Roberto Arguello, la coordinadora `provincial de los Promotores de Salud, licenciada Débora Marcó; la directora de Atención Primaria de Salud, doctora Rosa del Carmen Piragine y el subsecretario de Atención Primaria de la Salud, doctor Jorge Deschutter.

A través del decreto 169/13 que lleva la firma del gobernador  Maurice Fabián Closs, reglamenta la Ley de Creación del Agente Sanitario y establece el cumplimiento de las funciones que deben llevar a cabo los nuevos Agentes Sanitarios y cuyos haberes comenzarán a percibir a partir de Junio del corriente año.


La Ley establece que los demás Promotores de Salud que cumplimenten los criterios de incorporación antes descriptos (antigüedad, tiempo de desempeño en terreno, nivel de instrucción) serán incorporados en forma paulatina bajo en sistema de Agente Sanitario en calidad de contratados  con relación de dependencia.

 

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