La AFIP aclaró cómo calcula venta de dólares a turistas

  • La AFIP efectúa la validación fiscal de los fondos a utilizar en la compra de moneda extranjera por el concepto de “Turismo y Viajes”, considerando la normativa dictada por el Banco Central de la Republica Argentina.

 

  • La AFIP efectúa la validación fiscal de los fondos a utilizar en la compra de moneda extranjera por el concepto de “Turismo y Viajes”, considerando la normativa dictada por el Banco Central de la Republica Argentina.
  • Se han interpuesto, contra la AFIP 123 acciones judiciales de amparo desde octubre de 2011 hasta la fecha; 178 amparos contra el BCRA y 14 de ellos contra el Ministerio de Economía.
  • La Justicia, a la fecha, no se ha expedido en forma contraria al fisco nacional con ningún fallo firme.
  • Cabe aclarar que durante 2013 se observa una tendencia negativa en el inicio de amparos judiciales: hubo menos de 10 presentaciones.
  • Dicha validación se efectúa en función de la capacidad contributiva exteriorizada por el solicitante ante esta Administración Fiscal.
  • Como resulta de público conocimiento, AFIP cuenta con valiosa información obtenida de diversas fuentes: bancos, tarjetas de créditos, colegios privados, expensas, nómina salaria etc; además de las autodeclaraciones efectuadas por los propios contribuyentes.
  • Esta información, de actualización permanente, conforma una base de datos dinámica que permite a este Organismo evaluar en tiempo real la capacidad contributiva de cada contribuyente y validar, en función de los datos aportados por el solicitante en su declaración jurada de viajes al exterior, los fondos a utilizar para la adquisición de moneda extranjera.
  • Asimismo se informa que los volúmenes operados en el mercado de cambios por conceptos relacionados con viajes al exterior resultan dentro de los parámetros habituales para la época del año y las autorizaciones efectuadas por AFIP presentan un comportamiento estable desde su implementación en función de la normativa emitida por el Banco Central de la República Argentina.
  • Cabe aclarar que los giros efectuados al exterior en concepto de “ayuda familiar” no se encuentran sujetos a validación por parte de AFIP según lo normado por el Banco Central de la República Argentina.

 

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