Oberá tendrá un sistema de scoring con castigos a infractores y premios a buenos conductores

El Sistema de Pérdidas de Puntos por infracciones a las normas de tránsito, conocido como scoring, sería aprobado hoy por el Concejo Deliberante de esta ciudad.

 

La iniciativa responde a la necesidad de imponer la pérdida de puntos a los conductores que infrinjan la normativa de tránsito en el ámbito jurisdiccional de Oberá, puesto que los ediles consideran que el objetivo primordial es promover la seguridad de calles y rutas de la provincia a través de un mayor respeto a la reglas de tránsito.

 

Los concejales consideraron que la creación de este sistema resultará beneficioso,ya que permitirá el seguimiento en la conducta de quienes están al volante de un vehículo,  para evitar que puedan acceder a un carnet de conductor en una ciudad vecina estando inhabilitado en Oberá.

 

Por otra parte, desde el Organo Deliberativo, señalaron que el Sistema de Pérdida de Puntos al Conductor (SPPC), es la implementación de un registro en el legajo de los conductores, según el cual a un tipo de infracción equivale la pérdida de un puntaje determinado como penalidad y que los conductores contarán con un puntaje inicial de 20 puntos. La pérdida de los mismos (todos, los 20 puntos) será determinante para aplicar inhabilitación temporaria o inhabilitación definitiva de la licencia del conductor.

 

Cómo se aplicará

La norma a aprobarse habilita un registro en el legajo de los conductores, en el ámbito del Tribunal de Faltas Municipal, en el cual se computará la pérdida de puntos equivalentes a las faltas o infracciones de acuerdo a la escala que se dispone en la misma ordenanza.

 

Tanto las faltas como los puntos perdidos por los infractores, será comunicada todos los meses, mediante oficio, por el Juzgado de Faltas al Departamento Ejecutivo Municipal, éste a su vez informará al Registro Provincial de Antecedentes de Tránsito, RePAT.

 

Puntos que se descuentan

En función de las infracciones cometidas, la ordenanza que aprobaran los ediles obereños, establece el puntaje que deberá descontarse de los que tenga el infractor.

Así pues, se descontaran dos puntos a los conductores por:

Circular sin el cinturón de seguridad.

No acatar las indicaciones de la autoridad.

Circular sin el casco protector conductor y/o acompañante. (motos)


Cuatro puntos en caso de:

Circular con licencia vencida.

No cumplir con las condiciones de la licencia (uso de anteojos).-

Conducir con licencia de categoría distinta a la correspondiente.

Conducir con menores en el asiento delantero, o  sin el dispositivo de retención infantil correspondiente en el asiento trasero.

Girar en lugar prohibido (hacia una transversal en forma no reglamentaria o giro en U en una misma arteria).

Circular marcha atrás en forma indebida y sin justificación.

Obstruir la vía transversal.

No ceder el paso a bomberos, ambulancias, policía de servicios públicos o de urgencia.

No contar con la revisión técnica obligatoria.-


Cinco puntos:

Circular con cualquier elemento que permita evadir los controles de tránsito y/o velocidad.

Conducir utilizando celular, mp3 o auriculares.

Circular en sentido contrario al de circulación de la calle o avenida establecido.

No respetar la prioridad de paso de una bocacalle y/o un indicador de “PARE”.

Interrumpir el paso de filas escolares.

Circular por arterias y calles del municipio de Oberá en exceso de la velocidad permitida.

Cruzar el semáforo con luz roja identificada (contravención).

No respetar la prioridad de paso de una bocacalle o un cartel de «Pare».

No respetar la prioridad de paso de los peatones o senda peatonal.

Circular, estar estacionado o detenido en la vía pública sin placas de dominio otorgadas por el R. N. P. A.-

Impedir o dificultar la visualización de la placa de dominio mediante pliegues, añadiduras, mal estado de conservación o que este colocada en forma antirreglamentaria o girada respecto de su posición normal.

Circular sin seguro obligatorio automotor vigente.-

 

Diez puntos:

Negativa al control de alcoholemia, estupefacientes u otras sustancias.

Circular por las arterias o calles a más de 20 km/h. de la velocidad permitida y, en vías rápidas, a más de 40 km/h. en exceso de la velocidad permitida.

Conducir en estado de ebriedad o bajo los efectos de estupefacientes.

No cumplir las obligaciones legales a cargo, en caso de participar en un accidente de tránsito.

Circular, estar estacionado o detenido teniendo colocadas placas de dominio de otro vehículo.

Circular con sistema de escape deportivo, sin silenciador, adulterado o produciendo ruidos molestos con el mismo, o superior a los permitidos.-


Veinte puntos:

Participar, disputar u organizar, competencias de velocidad o destreza en la vía pública (picadas).

 

Penalidades

Los conductores podrán recuperar parcialmente 4 (cuatro) puntos realizando un curso especializado en educación vial.-

Asimismo, la norma contempla diferentes penalidades para el caso de la pérdida total de los puntos. Si esta ocurriera por primera vez, se inhabilitará al conductor por 60 días, y tendrá que realizar un curso de educación vial;  dependiendo de la gravedad de las faltas cometidas.

Si la pérdida total de puntos se diera por segunda vez la inhabilitación será por ciento ochenta (180) días, con la obligación de que realice un curso de educación vial.

Si la perdida total de puntos se diera por tercera vez, se lo inhabilitará por dos (2) años, y además deberá realizar el curso de educación vial.

No obstante, si el infractor perdiera todos los puntos por cuarta vez, y en sucesivas oportunidades, la inhabilitación será de cinco (5) años, y además deberá realizar el curso de educación vial.

Asimismo un infractor será inhabilitado definitivamente por la autoridad de aplicación, tanto si lo dispusiera de oficio o si respondiera a un pedido de Juez con Jurisdicción Provincial o Nacional.

 

Para quienes respeten las normas

Los concejales obereños, consideraron además que debe destacarse y recompensarse a quienes no registren infracciones al momento de renovar el carnet de conductor. En estos casos,  serán beneficiados con un descuento del diez por ciento en el caso de las licencias renovadas por un año, y del veinte por ciento en el caso de las renovadas por cinco años.-

En tanto cabe señalar que cada descuento de puntos quedará sin efecto a los dos años de efectuado, siempre que el conductor, durante ese lapso, no haya alcanzado los cero puntos.

La autoridad de aplicación municipal quedaría facultada por el Concejo Deliberante a disponer como medida cautelar la retención del carnet de conductor en consecuencia de la aplicación de la ordenanza, y una vez cumplida la sanción prevista para la infracción de que se trate, se procederá al reintegro del carnet de conducir, previa acreditación del comprobante de pago de la multa.

En tanto el Juzgado de Faltas Municipal comunicará al Registro Provincial de Antecedentes de Tránsito y al Registro Nacional de Tránsito  todos los casos de pérdida de puntos y/ de inhabilitación temporaria e inhabilitación definitiva.

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