Facilidades de pago para obligaciones vencidas de la Tasa de Comercio

Por decreto del intendente Orlando Franco se estableció un régimen especial de facilidades de pago para las obligaciones fiscales vencidas al 31 de diciembre de 2009, originadas en el Derecho de Inspección, Registro y Servicio de Contralor, conocido también como Tasa de Comercio, que entrará en vigencia la próxima semana.
Por decreto del intendente Orlando Franco se estableció un régimen especial de facilidades de pago para las obligaciones fiscales vencidas al 31 de diciembre de 2009, originadas en el Derecho de Inspección, Registro y Servicio de Contralor, conocido también como Tasa de Comercio, que entrará en vigencia la próxima semana.

La norma incluye las obligaciones contenidas en moratorias y/o planes de facilidades de paguen vigencia o caducos y hay plazo hasta el 30 de abril del corriente para acogerse al régimen.

En los considerandos del decreto se tiene en cuenta a los contribuyentes que se presenten espontáneamente a regularizar sus deudas fiscales y, para ellos, se prevé –entre otras facilidades- la remisión de las multas aplicadas y que no se encuentren firmes por infracciones configuradas hasta el último día del año pasado y de acuerdo con una escala que desde el 100 por ciento de remisión de la multa para quienes abonen en una cuota, llega hasta el 50 % de remisión por el pago en hasta 30 cuotas.

Con idéntico criterio, cuando el convenio de regularización prevea hasta 30 cuotas, se deberá ingresar un anticipo del 30 %, que desciende en relación directa con la cantidad de cuotas que se pacten. Los intereses se acumularán a razón del 1 % sobre saldo.

Para mayores informes y consultas, los interesados deberán concurrir a la Dirección General de Comercio, en el 3º Piso del edificio municipal.

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