Recuerdan Ley que prohíbe a comercios y ambulantes vender anteojos para sol y/o graduados

El presidente del Colegio de Opticos de Misiones, Juan Carlos Caraballo afirmó que está prohibida la venta de anteojos para sol y/o graduados en locales comerciales, puestos callejeros o vendedores ambulantes. Solamente pueden hacerlo las ópticas habilitadas por el Ministerio de Salud Pública con suóptico técnico al frente.

En virtud a lo establecido por la ley provincial 2327/86 y su correspondiente reglamento -Ley 169/57- decreto provincial Nº 1041 y las correspondientes ordenanzas municipales, procediéndose a la incautación de la mercadería de acuerdo al artículo 122 de la Ley Nº 169.

Por eso, se recomendó a las personas físicas y/o jurídicas que se encuentren en esta situación, abstenerse de tal conducta ilícita, señala el comunicado firmado por el presidente de la entidad de los ópticos, Juan Carlos Caraballo y el secretario de prensa, Antonio Carlos Rueda.

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