Ante el paro anunciado, el STJ exhortó a los empleados a cumplir con las obligaciones laborales

Ante el anuncio del paro sin asistencia a los lugares de trabajo decidido por la Unión Judicial de Misiones para mañana y el jueves, el Superior Tribunal de Justicia exhortó una vez más al personal del poder Judicial de la Provincia, al «fiel cumplimiento de sus obligaciones laborales y a que, en caso de manifestarse lo hagan con mesura y respeto por los compañeros y superiores que se encuentren trabajando en los edificios del poder Judicial». Advierten que sin desconocerse la legitimidad intrínseca del ejercicio normal de estas manifestaciones, se considerará falta grave la promoción en excesos de las mismas, o alteraciones significativas e injustificadas por orden público cuando estas afecten los edificios del Poder Judicial.

Se reitera a todas las dependencias que, a fin de garantizar el servicio de justicia, deberá disponer las convocatorias por escrito que fueren necesarias.

Se hace saber al ministro de gobierno Jorge Franco, la presente resolución a los efectos de que por intermedio de las fuerzas policiales y de seguridad bajo su dependencia, se provea la vigilancia necesaria de los edificios del Poder Judicial a fin de prevenir hechos que perturben el normal ejercicio de la función pública.

El STJ invitó a abogados, escribanos, martilleros públicos, médicos legistas, contadores, peritos judiciales en general y a todos aquellos que directa e indirectamente se encuentran relacionados con la actividad del Poder Judicial, que los días 25 y 26 de este mes, desarrollen sus actividades tribunalicias con normalidad, haciéndole saber a la secretaría administrativa y la superintendencia de cualquier irregularidad que se detecte.

Hace saber al personal judicial que no preste sus servicios con normalidad y habitualidad los días 25 y 26 de febrero del corriente año, que se procederá al descuento de haberes por día no trabajado con pérdida del suplemento por presentismo.

Se recuerda a los agentes del Poder Judicial la vigencia del acuerdo extraordinario Nº 14 de fecha 11 de noviembre de 1988 y acordadas Nº 120, 136 del año 1998 y Nº 61 del año 2005, como asimismo resoluciones emanadas de la presidencia del Superior Tribunal de Justicia, como asimismo la vigencia del artículo Nº 24 de la Ley Provincial Nº 4244 que dice «Establécese que el descuento de haberes que como consecuencia de los dispuesto por la Ley Nº 3775 se efectuarán a los agentes y funcionarios del Poder Judicial, quedó restituido con los adicionales otorgados, durante su vigencia, por sucesivas acordadas del Superior Tribunal de Justicia bajo el concepto de «Compensación Jerárquica, dedicación funcional y compensación» y financiadas por el fondo de justicia» Ley Nº 3259.

El alto tribunal también hace saber a los señores magistrados, funcionarios y/o jefes de las distintas dependencias judiciales que deberán proceder de acuerdo a la normativa reglamentaria citada precedentemente y que en el plazo de 24 horas deberán informar al Superior Tribunal de Justicia, si en las dependencias a su cargo se llevaron medidas de fuerzas, indicando: asistencias, dentro de estas: personal convocado, personal convocado que no asistió, ausentes sin causas justificadas, ausentes con causas justificadas, retiros autorizados, retiros no autorizados, ambos con mención de causa. Como asimismo si se produjo alguna anormalidad o entorpecimiento en el servicio de justicia.

Recuerda que los retiros no autorizados, o injustificados, como así cualquier otra falta en o con ocasión de servicio, serán considerados con arreglo al reglamento para el Poder Judicial.

Se encomienda a las cámaras de Apelaciones Civil y Comercial, Laboral, Tribunales Penales de la provincia, la supervisión de todo lo dispuesto por la presente, debiendo comunicar al superior tribunal de justicia, las novedades que se produzcan en cuanto a la prestación de servicio y las medidas que en consecuencia se adopten.

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