El Renatre recordó mecanismos que deben realizar los trabajadores desempleados

Entre otras cosas, el Registro Nacional de Trabajadores Rurales y Empleadores (Renatre) recordó a los trabajadores desempleados cuáles son los papeles y requisitos que deben presentar para obtener el fondo de desempleo. La delegación del Renatre, en la provincia de Misiones, recordó que el Registro Nacional de Trabajadores Rurales y Empleadores, otorga las prestaciones para la protección de los trabajadores desempleados, cuyas relaciones laborales se rigen por:

-Régimen nacional de Trabajo Agrario Ley Nº 22.248-

-Ley de Contrato de trabajo por disposición de la Ley 23.808-

-Convenciones colectivas de trabajo y/o cuya relación laboral se haya regido

por la ley 20744 de Contrato de trabajo respecto de aquellas tareas agrarias relacionadas principal o accesoriamente con la actividad agraria y afines.

Los fondos para la prestación por desempleo están constituidos por la contribución que efectúa el empleador. Cabe aclarar que el trabajador no efectúa ningún aporte por este concepto.

El trabajador puede realizar dicho trámite en la delegación Misiones, ubicado en la calle 3 de Febrero Nº 1970, de la ciudad de Posadas, o en cualquiera de las dieciocho Bocas de entrega y recepción – BER – con que cuenta el ente en distintas localidades del interior de la provincia. Allí se le proveerá del formulario – sobre de solicitud y será asistido para el llenado y firma del mismo, y depositarlo en las urnas identificadas para tal fin.

Los trámites para acceder a la prestación por desempleo son gratuitos y personales. Deben ser realizados dentro de los noventa días corridos posteriores a la fecha de extinción de la relación laboral. Si se presenta después de dicho plazo, el tiempo transcurrido se descontará del total del período que corresponde a la prestación.

Los requisitos que debe reunir el solicitante son: encontrarse en situación legal de desempleo; estar inscripto en RENATRE; haber sido declaradas las remuneraciones percibidas; poseer Código Único de Identificación Laboral (CUIL) definitivo; realizar la solicitud en tiempo (plazo de 90 días) y forma (a través del formulario correspondiente); no percibir beneficios previsionales, prestaciones no contributivas y cualquier otra prestación de carácter asistencial; ni prestaciones dinerarias por accidentes de trabajo (ART), ni encontrarse en situación de incapacidad laboral permanente o temporaria.

El SIPRED cuenta con dos regímenes: régimen General: para trabajadores permanentes o de temporada o con finalización natural del contrato; y régimen especial: para trabajadores no permanentes, quienes deberán iniciar el trámite una vez transcurridos 30 días de finalizada la cosecha y/o relación laboral y una vez otorgada, pueden solicitarla nuevamente cada tres años.

En cada caso, el solicitante debe cumplir requisitos especiales:

El Renatre en plazo máximo de sesenta días corridos resolverá la solicitud cursada, de acuerdo al cumplimiento de las condiciones dispuestas por la resolución Nº 543/04 del ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación.

La notificación del otorgamiento o denegación es realizada por escrito (vía postal) al domicilio que indicó el trabajador rural desempleado en el formulario de solicitud de las prestaciones.-

Las consultas y denuncias pueden realizarse al 0800-777-6666.

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