Misiones avanza en el debate por el ordenamiento de los Bosques Nativos

Desde la sanción de la Ley Nº26.331 de Presupuestos Mínimos de Protección Ambiental de los Bosques Nativos, por disposición del gobernador Maurice Closs, la subsecretaría de Ordenamiento Territorial inició un trabajo que abarca diversas líneas de acción para adecuar la legislación provincial a la nueva norma

Desde la sanción de la Ley Nº26.331 de Presupuestos Mínimos de Protección Ambiental de los Bosques Nativos, por disposición del gobernador de la provincia, Maurice Closs, desde la Subsecretaría de Ordenamiento Territorial se inició un trabajo-junto a otros organismos del Estado- que abarcan diversas líneas de acción para adecuar la legislación provincial en cuanto a pautas y criterios establecidos por la nueva norma.

Dando continuidad a un proceso de amplia consulta, la Subsecretaría de Ordenamiento Territorial está convocando a diferentes actores comprometidos con el sector agroforestal y medioambiental, con el fin de compartir análisis, ideas, propuestas y responsabilidades en un proyecto provincial de conservación de bosques nativos.

«En esta instancia de intercambio de información se ha trabajado conjuntamente –hasta el momento- con representantes del INTA, las ONG’s Fundación Vida Silvestre y Fundación Félix de Ázara, Facultades de Ciencias Forestales y Ciencias Exactas, Químicas y Naturales; a las que se seguirán sumando organizaciones para continuar las actividades según lo previsto en la agenda de la Subsecretaría», informaron a través de un comunicado de prensa.

Aún no reglamentada, la Ley Nacional 26.331 de Presupuestos Mínimos de protección ambiental de los bosques nativos, dispone que en el plazo máximo de un año las provincias deberán realizar el Ordenamiento de sus Bosques Nativos, cumplido el término quienes no lo hayan hecho, no podrán autorizar desmontes ni ningún otro tipo de utilización y aprovechamiento de la masa boscosa nativa.

Alcances de la ley

La Ley Nº26.331 de Bosques Nativos establece la moratoria a los desmontes hasta tanto las provincias realicen un ordenamiento territorial de los bosques nativos para planificar de manera participativa su uso sustentable y prohíbe explícitamente el otorgamiento de permisos de desmonte en zonas tradicionalmente habitadas.

Además, establece diez criterios ecológicos y categorías de conservación que apuntan a planificar las actividades forestales, agrícolas y ganaderas evitando la fragmentación y degradación del bosque nativo.

A su vez, resulta de vital importancia que se hayan respetado los aspectos fundamentales para la creación de la ley, que marcan el espíritu y la esencia del mismo, a saber:

•Establecimiento del ordenamiento territorial de los bosques como presupuesto mínimo

•Moratoria completa en todo el país por la cual se frene los desmontes y la tala rasa hasta tanto cada provincia realice su ordenamiento territorial.

•Participación de todos los sectores involucrados en el ordenamiento territorial.

•Evaluación de Impacto Ambiental de cada solicitud de desmonte y para el aprovechamiento sostenible con impacto significativo, una vez que el ordenamiento ambiental del territorio se haya realizado.

Por otra parte, es fundamental la creación del Fondo de Compensación, y que el mismo implemente un monitoreo legal y técnico de los beneficiarios, de manera tal de garantizar su «eficaz y transparente funcionamiento», sostienen desde las organizaciones ambientales.

Además, la norma propone la creación de una Comisión de Participación para la Preservación de los Bosques Nativos (integrada por representantes de las organizaciones de la sociedad civil, del sector privado y académico y del Ministerio Público.), que trate todos los temas relacionados con las facultades que se otorgan a la autoridad de aplicación.

Ordenamiento territorial

Para Greenpeace es indispensable que el ordenamiento se realice de manera participativa e involucrando a todos los actores interesados en las diversas actividades forestales de modo de lograr una zonificación equilibrada.

Para realizar este relevamiento la ley cuenta con diez criterios ecológicos y categorías de conservación que apuntan a planificar las actividades forestales, agrícolas y ganaderas evitando la fragmentación y degradación del bosque nativo, y señala como prioritario cuidar los bosques que actualmente ocupan y utilizan comunidades indígenas y campesinas.

Además establece la obligatoriedad de realizar estudios de impacto ambiental y audiencias públicas antes de aprobar un desmonte, y prohíbe la quema a cielo abierto de los residuos derivados de desmontes o aprovechamientos forestales.

En todos los casos, es necesario que las provincias aumenten y mejoren los controles para evitar la tala y el desmonte ilegales.

La Argentina tiene en la actualidad menos de un tercio de la superficie original de bosques nativos. La deforestación impulsada por el avance de la frontera agropecuaria alcanza las 300.000 hectáreas anuales, de las cuales el 70% están en la ecorregión del Chaco Seco. Por otro lado, el Chaco Húmedo y la Selva Pedemontana de las Yungas forman parte de las áreas más amenazadas.

En el caso de la Selva Misionera si bien alberga la más alta biodiversidad del país sólo queda en pie el 7% de la superficie original y la mayor parte se encuentra en la Argentina porque en Paraguay y Brasil prácticamente ha desaparecido.

Los bosques contribuyen a preservar la biodiversidad, el suelo y la calidad del agua, colaboran en la regulación hídrica, la fijación de emisiones de gases de efecto invernadero y la defensa de la identidad cultural.

LA REGION

NACIONALES

INTERNACIONALES

ULTIMAS NOTICIAS

Newsletter

Columnas