Prórroga para resguardo de asociaciones deportivas sin fines de lucro

La comisión de Legislación General, Justicia y Comunicaciones de la Cámara de Representantes emitió dictamen proponiendo prorrogar hasta el 31 de diciembre del 2008, la vigencia de las disposiciones contenidas en las leyes 4215 y 4312. Asimismo, el dictamen establece que las asociaciones civiles sin fines de lucro con objeto deportivo y recreativo estarán comprendidas en la prórroga de la ley, con la condición de que demuestren antes del 1º de mayo del 2008, el cumplimiento de los requisitos establecidos en las leyes referidas.

Al sancionarse el dictamen, se lograría extender los beneficios de la ley 4215, a un mayor número de entidades sin fines de lucro con objetivos deportivos y recreativos, para garantizar el resguardo de sus bienes patrimoniales.

La normativa original disponía su vigencia por el término de un año, cuyo vencimiento se producía en agosto de 2006, fecha en la cual se sancionó la ley 4312 que dispuso la prórroga hasta diciembre del corriente año.

Los diputados consideraron que al extender la vigencia de la normativa aludida podrían incluirse en dicho marco un mayor número de asociaciones.

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